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BECAS - Becarios año en curso

 

BECARIOS: INFORMACIÓN ÚTIL Y PROCEDIMIENTO PARA PERCIBIR EL REINTEGRO


 

 

Se comunica que mediante DI-2023-15-TSJ-CFJ y DI-2023-33-TSJ-CFJ se ha decidido sobre las solicitudes de apoyo económico efectuadas para cursar estudios en diversas Universidades y entidades educativas, a desarrollarse durante el año en curso.

 

Las personas solicitantes de apoyos económicos del año en curso deberán realizar las presentaciones que consideren pertinentes relacionadas al trámite de su beca, únicamente ingresando a la sección “Mesa de Entradas Virtual”. Dichas presentaciones irán acompañadas de la nota cuyo modelo se encuentra disponible para su descarga en la sección señalada, en la que se consignará el año de la beca a la que se refiere la petición, la documentación adjuntada y el motivo o finalidad de la presentación. Asimismo, todas las presentaciones deben realizarse en formato pdf y estar firmadas por el/la peticionario/a. Las presentaciones que no cumplieran con todos estos requisitos no serán analizadas. En ningún caso se analizarán presentaciones realizadas vía e-mail, las que se tendrán por no presentadas. Se recuerda que cada trámite de beca debe ser autosuficiente, por lo tanto, no serán analizadas aquellas peticiones que carezcan de individualización de año o refieran a trámites de diferentes años, aún en los casos de renovación de beneficio.

 

INSTRUCCIONES PARA NOTIFICACIÓN DE BECAS OTORGADAS, SOLICITUDES DE REINTEGRO Y PRESENTACIONES REFERIDAS A APOYOS ECONÓMICOS 2022 A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA VIRTUAL DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL.

 

Charla Informativa

Las personas beneficiarias deberán ingresar el día miércoles 26 de abril de 2023 a las 11.00 o a las 16.00 horas (podrán optar libremente por cualquiera de las dos opciones) a la reunión virtual programada a tal efecto, con los datos que serán enviados por correo electrónico.

Suscripción de Carta Compromiso y documentación relativa a la beca otorgada

Una vez realizada la Charla Informativa las/los becarias/os deberán ingresar a la Plataforma Virtual (cfjvirtual.tsjbaires.gov.ar) sección “Apoyos económicos otorgados” – “Documentación a suscribir” y descargar la Carta compromiso, la DDJJ de no ser beneficiario de otra beca para la misma actividad y el formulario de denuncia de datos bancarios. Toda la documentación allí requerida se deberá completar, firmar e ingresar a través de la Mesa de Entradas Virtual de la misma Plataforma.

Solicitud de reintegro

Quienes hayan realizado la Actividad Informativa e ingresado a través de la Mesa de Entradas Virtual toda la documentación relativa a la beca otorgada deben solicitar —por el mismo medio— el reintegro hasta el 31 de mayo de 2023 cargando el Formulario de solicitud de reintegro y comprobantes de pago digitalizados –en los que consten los datos referidos a los estudios para los que fueron becados/as, monto abonado con fecha correspondiente al año en curso-.

Presentaciones relacionadas a apoyos económicos 2023

Las personas beneficiarias de apoyos económicos del año en curso deberán realizar las presentaciones que consideren pertinentes relacionadas al trámite de  su beca, únicamente ingresando a la sección “Mesa de Entradas Virtual”. Dichas presentaciones irán acompañadas de la nota cuyo modelo se encuentra disponible para su descarga en la sección señalada, en la que se consignará el año de la beca a la que se refiere la petición, la documentación adjuntada y el motivo o finalidad de la presentación. Asimismo, todas las presentaciones deben realizarse en formato pdf y estar firmadas por el peticionario. Las presentaciones que no cumplieran con todos estos requisitos no serán analizadas.

Se recuerda que cada trámite de beca debe ser autosuficiente, por lo tanto no serán  analizadas aquellas peticiones que carezcan de individualización de año o refieran a trámites de diferentes años, aún en los casos de renovación de beneficio.

 

INFORMACIÓN IMPORTANTE

 

SOBRE LA ACREDITACIÓN DE MATERIAS

 

  • Se dispone como plazo máximo para presentar en la Mesa de Entradas Interna del Centro de Formación Judicial el certificado expedido por la institución organizadora de la actividad, en el que consten las calificaciones de las materias que tenía la obligación de cursar de acuerdo al plan de estudios acompañado, al que alude el inc. 3° del art. 20 del Reglamento de Becas vigente, el último día hábil del mes de diciembre del año 2023.
  • Ante la imposibilidad de presentar en esta fecha el certificado de materias por motivos no imputables a la persona beneficiaria de beca debe reemplazarlo, en el mismo plazo, con una declaración jurada que deberá ser realizada en el formulario Anexo VI de la Resolución CACFJ N° 22/21. En esta circunstancia el plazo referenciado en el párrafo anterior se prorroga hasta el último día hábil del mes marzo del año 2024. En dicha presentación deberá obligatoriamente actualizar -si correspondiere- su situación de revista y las posibles licencias que hubiera gozado que excedieran los seis (6) meses (Anexo VII del Reglamento de Becas vigente).
  • Se les recuerda que en esa oportunidad es el único momento que se les otorgará una prorroga sin fundamentar. Luego del vencimiento del plazo de marzo de 2024, todo pedido de prórroga deberá ser fundamentado y respaldado con prueba documental.
  • El incumplimiento de estas obligaciones será tomado como antecedente negativo para el otorgamiento de futuras becas y será informado al superior jerárquico y comunicado al área pertinente del Tribunal Superior de Justicia, del Consejo de la Magistratura o del Ministerio Público a sus efectos.

 

SOBRE LA SOLICITUD DE REINTEGRO Y SU PERCEPCIÓN

 

  • Las solicitudes de reintegro sólo pueden efectuarse con la planilla oficial que figura como Anexo V del Reglamento de Becas vigente, adjuntando los comprobantes de pago correspondientes. Los comprobantes presentados deben estar “circunstanciados”, de forma tal que surja de ellos que cada beneficiario/a pagó por la carrera o estudio para el cual se le otorgó el apoyo económico
  • El reintegro de los montos solicitados será acreditado en la cuenta sueldo denunciada en oportunidad de suscribir la carta compromiso.
  • El último plazo para ser ingresar los remanentes de reintegros es el 30 de noviembre de 2023.
  • Conforme la disposición aludida “...los apoyos económicos otorgados en la misma caducan indefectiblemente para sus beneficiarios en el año 2023, sin posibilidad de afectar o reservar fondos no utilizados para el año próximo”.
  • Quienes por algún motivo no hagan uso del monto otorgado, total o parcialmente, tienen la obligación de presentar la renuncia por escrito y fundadamente (Art. 26  Reglamento de Becas), en tiempo oportuno.
  • La falta de renuncia en tiempo oportuno se tomará en cuenta al “… evaluar las solicitudes de renovación o nuevos pedidos de becas…”, de conformidad con el Art. 23 del Reglamento de Otorgamiento de Becas, aprobado por la Res. CACFJ Nº 22/21. Asimismo se pondrá dicha circunstancia en conocimiento del superior jerárquico y de la Dirección de Factor Humano que corresponda, a sus efectos.

 

SOBRE LA DEVOLUCIÓN DE LOS MONTOS PERCIBIDOS EN CONCEPTO DE BECA

 

  • De conformidad con lo dispuesto en el Art. 23 del Reglamento de Becas, “… En caso de incumplimiento por parte de la persona beneficiaria de las obligaciones dispuestas en los artículos 20 y 22, in fine, debe reintegrar, en un solo pago, al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o al Consejo de la Magistratura, según corresponda, los montos que hubiere percibido ―al valor del costo referenciado en el artículo 5° a la fecha de la devolución―, dentro del plazo de diez (10) días desde que es notificado, sin posibilidad de solicitar reintegros por cualquier concepto. Excepcionalmente, quienes permanecen en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueden por motivos fundados, peticionar que dicha devolución, se practique en dos pagos, debiendo realizar el primer reintegro dentro de los diez (10) días de notificado y reflejar como mínimo el monto nominal otorgado y el saldo dentro de los treinta (30) días de notificado. Cualquiera de los incumplimientos referidos se considerará especialmente al evaluar las solicitudes de renovación o nuevos pedidos de becas, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento del superior jerárquico de la persona beneficiaria de la beca y de la oficina de Relaciones Laborales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Consejo de la Magistratura o del Ministerio Público según corresponda a sus efectos…”

 

 
 
 
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14 Programa de Derecho Procesal Penal y Contravencional. Módulo I
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15 Diplomatura en relaciones de consumo en la justicia de la CABA. Módulo 2: La ley de defensa del consumidor
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16 Ateneo de casos de mediación. Teoría aplicada a casos reales
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21 Enfoque crítico de un derecho en contexto
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JULIO
04 Programa de Capacitación “Ley Yolanda”
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