NUEVO REGLAMENTO→ RES. CACFJ N° 25/24
SISTEMA DE BECAS DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL
Los apoyos económicos son asignados anualmente por el Centro de Formación Judicial teniendo en cuenta los recursos presupuestarios asignados, la cantidad de solicitudes recibidas, el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Reglamento y los antecedentes académicos y profesionales de los postulantes.
Para solventar el pago de:
Matrícula, cuotas, derecho de examen, derecho de tesis de las siguientes actividades: posgrados, cursos independientes, congresos y jornadas y otras actividades de capacitación (no válido para carreras de grado).
Los requisitos exigidos para solicitar una beca son los siguientes:
Ser agente del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Revistar en la planta permanente con una antigüedad mínima de un (1) año en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al momento del cierre del llamado.
Poseer título de grado de una carrera de por los menos cuatro años de duración, cuando la actividad lo requiera.
Incompatibilidad: Quien goce de una beca de investigación otorgada por este Centro no podrá ser beneficiaria/o de una beca de estudio.
De conformidad con el Art. 3 del Reglamento:
Quienes revisten en PLANTA PERMANENTE pueden solicitar becas para:
1. Postdoctorados, Doctorados, Maestrías, Carreras de Especialización.
2. Programas de Actualización.
3. Cursos de Posgrado, Seminarios de Actualización y otras actividades de formación y capacitación de cursada anual o carga horaria de sesenta (60) horas o superior, en modalidad presencial o a distancia.
4. Cursos de Posgrado, Seminarios de Actualización y otras actividades de formación y capacitación, en modalidad presencial o a distancia, con una carga horaria de menos de sesenta (60) horas.
5. Congresos y Jornadas.
El personal de PLANTA INTERINA, solo puede solicitar becas para las actividades enunciadas en los puntos 3, 4 y 5.
El personal de PLANTA DE GABINETE, solo puede hacerlo para las actividades enunciadas en el punto 5.
El personal CONTRATADO no se encuentra previsto en el reglamento.
Montos máximos
Una vez conocido el importe asignado para becas de estudio en el presupuesto, la Secretaría Ejecutiva del Centro de Formación Judicial establecerá los montos máximos a otorgar para cada tipo de actividad, de acuerdo al siguiente criterio:
Postdoctorados, Doctorados, Maestrías y Carreras de Especialización: hasta 14 UMA;
Programas de Actualización: hasta 11 UMA;
Cursos y Seminarios Independientes de Posgrado y otras actividades de formación y capacitación con una carga horaria de 60 horas o superior: hasta 7 UMA;
Cursos y Seminarios Independientes de Posgrado y otras actividades de formación y capacitación con una carga inferior a 60 horas: hasta 5 UMA;
Congresos y Jornadas: hasta 3 UMA.
Plazos de presentación*
Para postdoctorados, doctorados, maestrías, carreras de especialización, programas de actualización: desde el día 1° de febrero y hasta el día 31 de marzo de 2025;
Para cursos de posgrado; seminarios de actualización; congresos y jornadas y otras actividades de formación y capacitación: del 1° al 5 de cada mes, entre los meses de mayo a octubre de cada año.
*Todos estos plazos podrán ser prorrogados o incluso suspendidos por razones de índole presupuestaria por la Secretaría Ejecutiva del Centro de Formación Judicial.
La solicitud de beca para carreras y programas de actualización se debe iniciar indefectiblemente completando en línea el formulario de solicitud: CLICK AQUÍ
Las solicitudes para cursos de posgrado; seminarios de actualización; congresos y jornadas y otras actividades de formación y capacitación deben iniciarse completando en línea el siguiente formulario de solicitud: CLICK AQUÍ
Toda presentación y/o documentación que se acompañe, debe realizarse a través del enlace que será proporcionado una vez que se envíe el referido formulario.
Documentación a presentar
Para Postdoctorados, Doctorados, Maestrías, Carreras de Especialización, Programas de Actualización y Cursos de Posgrado, Seminarios de Actualización y otras actividades de formación y capacitación de cursada anual o carga horaria de sesenta (60) horas o superior, en modalidad presencial o a distancia.
1. Formulario de solicitud de beca, enviado en línea, completo sin tachaduras ni enmiendas y debidamente firmado. Se tiene por no presentado el formulario que no cumpla con todas estas exigencias.
2. Formulario e información acerca de la actividad de formación o capacitación. Para completar este requisito se debe presentar el Formulario (Anexo II del Reglamento) y agregar información emitida por la institución donde se pretende cursar los estudios -hasta un máximo de diez (10) páginas- que contenga plan de estudios, contenidos, carga horaria, días, horarios, modalidad de cursada y costos anuales;
3. Copia del título universitario y una declaración jurada que manifieste que es copia fiel de su original, cuando el certificado aludido en el inciso e) no contenga dicha información;
4. Currículum Vitae de una extensión no mayor a dos (2) páginas;
5. Certificado expedido por las oficinas de relaciones laborales del Tribunal Superior de Justicia de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o del Ministerio Público, según corresponda, en el que conste la situación de revista, antigüedad en el cargo, remuneración y si posee título de grado o secundario según las constancias de su legajo;
6. Informe de la persona responsable de la dependencia donde la o el solicitante se desempeñe referido a la vinculación de la actividad académica con la función, en la que a su vez se indique si se verifica superposición horaria o interferencia en la prestación del servicio. Ese informe deberá presentarse a través del formulario que figura en el Anexo III del Reglamento.
Los Magistrados están exceptuados de cumplir con los requisitos enunciados en los puntos 3 y 6 anteriores.
Para Cursos de posgrado, Seminarios de Actualización, Congresos y Jornadas y otras actividades de formación y capacitación, en modalidad presencial o a distancia, con una carga horaria de hasta sesenta (60) horas deberá presentarse la documentación referida en los acápites 1, 2, 4 y 5.
Para la renovación de beca deberá presentarse la documentación especificada en los puntos 1, 2, 5 y 6.
ACCEDE AL VIDEO EXPLICATIVO AQUÍ
Sobre el reintegro
Los pagos que correspondan al otorgamiento de becas serán realizados por el Tribunal Superior de Justicia, previa presentación del comprobante respectivo por parte del becario y del formulario para reintegro de beca.
Los reintegros no solicitados durante el año 2025, no podrán serlo en el futuro.
Los montos otorgados y no utilizados deberán ser expresamente renunciados a los efectos de la reasignación de fondos.