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Programa de Capacitación “Ley Yolanda”

información

Destinatarios:
Magistrados/as, funcionarios/as, integrantes del Ministerio Público y empleados/as del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fechas:
5 de marzo a 3 de mayo de 2024

Duración:
20 (veinte) horas

Regularidad:
aprobación de evaluación final obligatoria

Lugar:
Aula Virtual del Centro de Formación Judicial de la CABA.

   

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BONAFINA Micaela
BROWN Nicolás
CASABIANCA Gabriela
DEVIA Leila
FOUNROUGE Nicolás
FRANZA Jorge Atilio
LÓPEZ ALFONSíN Marcelo Alberto
MICHIENZI Blas Matías
NONNA Silvia
WAITZMAN Natalia
ZOPATTI Álvaro

objetivos

La ley N° 27.592, denominada “Yolanda” intenta dar respuesta a una necesidad de concientización ambiental y para ello dispone que todos los empleados y las empleadas, en sus distintos niveles y jerarquías, de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deban realizar una capacitación obligatoria en materia ambiental. 

Por su parte, mediante la ley Nº 6.380, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la “Ley Yolanda” con el objeto de establecer la capacitación y formación integral en materia ambiental y desarrollo sostenible para los funcionarios del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

contenido

Primer eje: Introducción y conceptos claves.

¿Quién fue Yolanda Ortiz?                     

Ambiente, Desarrollo Sostenible y ODSs  

Principios rectores - Derecho ambiental   

 

Segundo eje: Biodiversidad y Ecosistemas.  

Normativa aplicable.                   

 

Tercer eje: Impacto ambiental de las políticas públicas

Cambio climático.

Eficiencia energética y Energías renovables                

Gestión de residuos                             

Economía circular

 

Cuarto eje: Aplicación del derecho ambiental en la Justicia de la CABA

Información pública ambiental      

Metodología: La actividad será totalmente asincrónica y autoadministrada, pudiendo complementarse dentro del período de vigencia. La certificación se realizará mensualmente.

Para pasar de un eje al otro se deberá aprobar un “control de lectura” de corrección automática.

Actividad aprobada por la Secretaría de Ambiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -autoridad de aplicación de la Ley Yolanda en la ciudad- en el marco del convenio suscripto.